MINISTROS EXTRAORDINARIOS
En muchas ocasiones, cuando asistimos a la misa dominical nos hemos topado con el curioso fenómeno de ver una larga fila en el momento de la comunión. Algunos laicos, hombres o mujeres, se acercan al sacerdote para ayudarlo a repartir la comunión. Nos asalta la duda: ¿quiénes serán esas personas? ¿Es correcto lo que hacen? ¿Puedo yo ayudar de la misma manera?
Esas personas son los así llamados ministros extraordinarios de la sagrada Comunión. Es un ministerio laical contemplado en la Iglesia Católica y estipulado en el Canon 230, párrafo tercero del Derecho Canónico que dice: “Donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros, pueden los laicos, aunque no sean lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, es decir, ejercitar el ministerio de la palabra, presidir las oraciones litúrgicas, administrar el bautismo y dar la sagrada Comunión según la prescripción del derecho”. Y en el canon siguiente (231) establece que para ejercer este ministerio laical se requiere de la debida formación, conciencia y generosidad.
De esta manera los laicos pueden ayudar en una forma activa a los párrocos en la distribución de la Comunión, tanto en la misa como fuera de ella.
Para la constitución de este ministerio se requiere la existencia de una necesidad dentro de la Iglesia. ¿Cuál es esa necesidad? El documento pontificio Immensae caritatis establece específicamente los casos en que la Iglesia considera que existe esa necesidad y son los siguientes:
- Que no haya sacerdote, diácono o acólito que pueda repartir la comunión.
- Que habiéndolos, no puedan administrar la comunión por impedírselo otro ministerio pastoral, o la falta de salud o la edad avanzada.
- Que sean tantos fieles los que pidan la comunión que sería preciso alargar demasiado la Misa o la distribución de la comunión fuera de ella.